
Mª Estela Gascón Buendía, representante de la Guardia Civil, explicó la diferencia entre la violencia de género y la violencia doméstica, siendo esta última, la que ocurre en el ámbito doméstico y donde el autor de cualquier género, al igual que la víctima, tiene una relación de convivencia con esta.
Asimismo, explicó que en un caso de violencia de género existen distintos tipos de gravedad y estos pueden conocerse al recopilar todos los datos posibles y al realizar una valoración de riesgo. Cada valoración lleva automáticamente unas medidas policiales que serían las que se les presta a la víctima.
Además, expuso cómo actúan ante un incumplimiento de una sentencia dictada por un juez, alegando que existirían dos tipos de quebrantamientos; uno de ellos en el que la víctima no estaría de acuerdo e inmediatamente procederían a la detención del autor y se realizarían las diligencias que conllevaría un delito de quebrantamiento, como un delito nuevo de violencia de género si este hubiera consistido en nuevas amenazas o nuevas agresiones. Otro tipo es en el que la víctima sí habría autorizado la infracción, también se ejecutaría la detención del autor y acto seguido, se tomaría declaración a la víctima para ver el motivo por el que ha autorizado a que el autor se acerque o se comunique con ella.
Para finalizar la entrevista, recordó que hoy en día existen muchas ayudas económicas y laborales que las víctimas pueden obtener gracias a los centros de la mujer.
Por Elena Escavy para Radio Diferencia
1 Comenta
Gracias a la Guardia Civil por vuestra labor.
Gracias.
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